¿Cuáles son los requisitos para acogerse al drawback?

Para acogerse al drawback se solicita en la DUA, y el reembolso se presenta posteriormente ante la Aduana operativa. Los beneficios del Drawback es el 5% del Valor FOB del producto exportado

¿Qué es el valor FOB?

El Valor FOB es el precio de la mercancía cuando cruza la borda del buque, incluye el embalado, gastos del agente de aduana, estiba, transito interno, etc.

Beneficiarios

  • Empresas productoras-exportadoras cuyos costos de producción hayan sido incrementados por los derechos de aduana que gravan la importación de materias primas, partes o piezas incorporados en el producto exportado.
  • Asimismo, se entenderá como empresa productora-exportadora, aquella que encarga a terceros la producción o elaboración de los bienes que exporta, siendo requisito que la producción adquirida haya sido objeto de un acuerdo o encargo previo entre la empresa exportadora y la empresa productora.
  • La Aduana pide que el acuerdo se materialice en un documento por escrito

¿Cuáles son los requisitos para acogerse al drawback?

  1. Clave - SOL
  2. Tener la Condición de Exportador en Actividad de Comercio Exterior.
  3. Debe inscribir un CCI – Código de Cuenta Interbancario a través de la Clave SOL
  4. Manifestación de Voluntad

Al consignar en la declaración de exportación el código 13, ya que con este estoy manifestando mi voluntad de acogerme al Drawback. En cuento a esto, el plazo para presentar la solicitud debe ser numerada en un plazo máximo de 180 días hábiles, computado desde la fecha de embarque.

Documentos necesarios que debes adjuntar

1. Factura emitida por el proveedor local correspondiente a compras internas de insumos importados emitida conforme lo establece el Reglamento de Comprobantes de Pago.

2. Declaración jurada del proveedor local, según Anexo III. En caso de que el original de una declaración jurada haya sido presentado con anterioridad copia simple de ésta, indicando el número de la Solicitud con que fue presentada dicha declaración.

3. Factura que acredite el servicio prestado en caso de la producción o elaboración por encargo de los bienes que exporta, emitida conforme lo establece el Reglamento de Comprobantes de Pago.

4. Documentación que acredite la exclusión de las empresas vinculadas.

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