En este mes de noviembre inicia el segundo pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) del año, en donde el monto a pagar equivale aproximadamente a medio sueldo, es por ello que el plazo para que tu empleador te deposite el monto que corresponde al periodo mayo a octubre 2021 es hasta este 15 de noviembre según el Decreto Supremo N° 001-97-TR.
Cabe informar que ahora podrás retirar hasta el 100%, incluido lo que ya tengas acumulado en tu cuenta, a raÃz de la pandemia por Covid-19 y el estado de emergencia. Siendo asà que el plazo brindado para que puedas realizar el retiro de tu segundo CTS del año podrá ser hasta el 31 de diciembre.
¿Qué es una CTS?
El CTS es un beneficio laboral que permite a los trabajadores el tener un fondo en el caso que dejen de trabajar en una empresa y asà puedan utilizarlo para cubrir sus necesidades.
Es decir, las personas que podrán recibir el CTS, según el artÃculo 4 de la Ley de CTS, son los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que cumplan con una jornada mÃnima diaria de cuatro horas o 20 horas semanales. Es decir, que este beneficio no incluye aquellos trabajadores que pertenezcan al sector público, sean informales o que emitan recibos por honorarios.

Este CTS es depositado o abonado a una cuenta especial de cualquier entidad financiera que ofrece un mayor rendimiento que las cuentas de ahorro comunes.
Según lo anunciado por el gobierno peruano, ahora los trabajadores pueden disponer del 100% de su CTS en donde tengan acumulado su dinero ya sea banco, caja o financiera, asà como el depósito de este mes, noviembre. Esto lo podrán realizar mediante retiros totales o parciales.
Por otro lado, en el caso que el empleador no realice el depósito del CTS de noviembre en el lÃmite de tiempo, entonces el trabajador puede acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) para que procedan a una fiscalización del cumplimiento de la obligación del empleador de realizar dicho depósito.
Esto podrÃa llevar a tener una infracción grave referente a relaciones laborales, y puede ser sancionado con una multa, que según con el DS 008-2020-TR, las multas dadas a las empresas, por no hacer el pago del CTS, se determinarán según el tamaño de la empresa, el cual pueden ser entre los 198 soles y 114.928 soles.
Cabe informar que el monto que deben depositarte de tu CTS en noviembre será el 50% del sueldo más la sexta parte de la gratificación recibida el año anterior en el caso que el trabajador haya cumplido con sus labores durante el semestre completo.
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